Las 7 multas que te pueden poner cuando montas en bicicleta

Toda acción con bicicleta que nos podamos imaginar, montar, transportarla, ir con niños o sufrir un accidente conlleva una serie de derechos, responsabilidades y obligaciones que nosotros deberemos asumir en caso de estar implicados, que han sido recopilados por la compañía española líder en seguros y servicios de defensa jurídica, Legálitas.

Sanciones derivadas de la conducción

En este sentido, como ciclistas, debemos conocer que existen una serie de sanciones a las que podemos enfrentarnos si no cumplimos la legislación vigente, y son las siguientes:

  1. Debemos circular por el carril más situado a la derecha o, si lo hubiera también podemos ir por aquellos que estén especialmente dedicados a los ciclistas. Un claro ejemplo lo encontramos en Madrid, donde muchas de las calles tienen señalizado el carril derecho como carril bici, limitando a los coches su uso a una velocidad de 30 km/h.
  2. Tenemos que ser conscientes de por dónde estamos circulando y saber que somos un conductor más en términos de señalización. Esto quiere decir que debemos respetarlos igual que los automóviles. Un ejemplo de sanción es la que se produce al rebasar un semáforo en rojo, ya que no sólo conlleva un riesgo inherente para la seguridad, sino que quien lo haga deberá hacer frente a un pago de 200 euros de sanción.
  3. Recordando lo reflejado en el punto anterior, somos un elemento más de la circulación y podemos poner de igual manera en peligro las vidas de quienes nos rodean y las nuestras. Por ello, está prohibido circular en bicicleta con tasas de alcohol superiores a 0,25 mg/l de aire espirado o 0,5 g/l en sangre. En este caso nos enfrentamos con un rango de sanción económica de entre 500 y 1000 euros.
  4. Por nuestra seguridad, que se encuentra, en ocasiones, menos asegurada en ciclistas, resulta obligatorio el uso del casco para todos los menores de 16 años, extendiéndose a todos los ciclistas en caso de que circulen por vías interurbanas. En caso de que no se emplee, el ciclista podrá ser sancionado con una multa de 200 euros.
  5. Todos nuestros sentidos deben estar puestos en la carretera y por tanto, esta máxima se ha convertido el ley al prohibir a los ciclistas circular utilizando cascos o auriculares, lo que conllevaría una sanción de 200 euros.
  6. Finalmente, respecto a la circulación, es imprescindible hacernos ver de noche. Para ello, debemos colocar luces de posición delantera y trasera, catadriópticos trasero y podrán usarse estos mismos en las ruedas y pedales. De la misma manera, cuando sea obligatorio el uso del alumbrado deberemos llevar colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores distinguirnos a 150 metros si circulamos por vía interurbana.

Bicihome multa 2

Si circulamos con niños…

Cada vez es más común salir a dar un paseo en bicicleta e ir acompañados de los más pequeños de la casa. Sin embargo, a este respecto también hay ciertos puntos que debemos conocer. El primero de ellos es que, desde 2014 el casco resulta obligatorio para los menores de 16 años independientemente de la vía por la que se transite. Aquellas bicicletas cuya altura del sillín sea igual o inferior a 435 mm, al ser consideradas juguetes, quedan excluidas de esta obligación.

7. Las sillas delanteras únicamente se podrán emplear si nuestro hijo pesa menos de 15 kilogramos. Sin embargo, respecto a las sillas traseras se permiten hasta 22 kilos de peso del menor, siendo normalmente el peso mínimo 9 kilogramos, recomendado en todo caso que el menos sea capaz de sujetar correctamente la cabeza y mantenerse erguido en la silla.

Fuente: EL CONFIDENCIAL.

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