En las grandes ciudades conviven cada vez un mayor número de vehículos de muy diversa índole: coches, motos, camiones, furgonetas, patinetes, segways… Y son las bicicletas las que desde hace unos años están cogiendo un mayor protagonismo. También promovido por las Administraciones locales, que están rediseñando el tráfico urbano con la incorporación de carriles específicos. Y estos usuarios son unos de los más vulnerables en caso de accidente.
Pensando en su seguridad -y la de los demás usuarios de la vía-, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha elaborado una práctica infografía. En ella, recoge no solo las principales normas de circulación para las bicicletas en ciudad, sino también prácticos consejos. En total suman 17 puntos, que a continuación os presentamos:
1. Luces: es obligatorio que la bici monte luces delante y detrás. Por la noche, en vías interurbanas, tiene que llevar también un elemento reflectante.
2. Frenos: para poder circular este vehículo de dos ruedas debe equipar frenos tanto en la rueda delantera como en la posterior.
3. Timbre: este elemento es obligatorio, ya que permite avisar al resto de usuarios de su presencia.
4. Casco: dicho accesorio es obligatorio siempre en carretera. Sin embargo, en ciudad solo tienen que llevarlo los menores de 16 años. De todos modos, es muy recomendable que también lo equipen el resto de ciclistas.
5. Prendas reflectantes: resulta aconsejable llevarlas incluso durante el día, puesto un ciclista con un chaleco de este tipo se ve más que otro sin él.
6. Dispositivos: está prohibido el uso de auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido, así como el uso del teléfono móvil.
7. Pasajero: en bicicleta (salvo que sea un tándem) solo pueden ir dos ocupantes si el acompañante es un menor de siete años y viaja en un asiento homologado.
8. Alcohol: la tasa máxima permitida es de 0,5 g/l en sangre ó 0,25 mg/l en aire aspirado.
9. Adelantamiento: hay que advertirlo con antelación y comprobar que existe espacio suficiente para llevarlo a cabo, es decir, la distancia lateral no puede ser inferior a los 1,5 metros.
10. Paso de peatones: si se tiene que cruzar por un paso de peatones y no existe un carril específico o paso para ciclistas, el usuario debe bajarse de la bici y empujarla a pie hasta el otro lado de la calle.
11. Prioridad: los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los coches si circulan por un carril bici debidamente señalizado.
12. Vías de sentido único: si quiere girar, el ciclista debe situarse lo más cerca del borde izquierdo de la calzada y señalizar la maniobra con antelación.
13. Vías de doble sentido: al girar, tiene que ceñirse a la mediana o al eje de la calzada sin invadir el sentido contrario.
15. Señalizar maniobras: antes de iniciar la marcha, el ciclista debe asegurarse de que no viene ningún vehículo. Asimismo, tiene que señalizar la maniobra extendiendo el brazo horizontalmente.
16. Aceras: las bicicletas no pueden circular por las aceras puesto que son espacios reservados para los peatones, salvo si existen aceras bici.
17. La señal obliga: cuando un carril bici está señalizado, los ciclistas están obligados a circular por el carril y no por la calzada.
Estas normas de la DGT sirven para aclarar las pequeñas dudas que nos asaltan al movernos en bici por la ciudad